I. Introducción
Los agentes de seguridad integral —vigilantes, resguardos, prevencionistas y otros trabajadores que cumplen funciones de protección de personas, bienes e instalaciones— constituyen un pilar silencioso de la seguridad cotidiana en el Perú. Pese a la importancia estratégica de su labor, estos trabajadores enfrentan una realidad marcada por abusos laborales sistemáticos, precarización extrema y una alarmante falta de protección institucional. El problema no es la ausencia de leyes, sino su incumplimiento tolerado y, en muchos casos, normalizado.

II. Antecedentes y marco normativo
El ordenamiento jurídico peruano reconoce derechos laborales fundamentales aplicables a todos los trabajadores, incluidos los agentes de seguridad integral. La Constitución Política del Perú establece que el trabajo es objeto de atención prioritaria del Estado y fija límites claros a la jornada laboral. Asimismo, la legislación laboral vigente garantiza descanso, remuneración justa, asignación familiar y protección frente al despido arbitrario. En el ámbito administrativo, la SUCAMEC regula a las empresas de seguridad privada, mientras que la SUNAFIL es responsable de la fiscalización del cumplimiento de las normas laborales. No obstante, en la práctica, estas disposiciones rara vez se aplican de forma efectiva en el sector.

III. Diagnóstico de la problemática real Jornadas laborales abusivas
Una de las prácticas más extendidas es la imposición de jornadas de doce horas diarias como estándar, y en casos aún más graves, turnos “pegados” de veinticuatro horas continuas o más. Estas condiciones generan agotamiento extremo, vulneran la dignidad humana y ponen en riesgo no solo la salud del trabajador, sino también la seguridad del servicio que presta.

1. Incumplimiento del derecho al refrigerio y descanso.- Numerosos agentes no cuentan con un horario real de refrigerio. Se ven obligados a alimentarse en el puesto de trabajo, sin relevo y bajo constante vigilancia, o directamente se les niega este derecho básico, sin compensación alguna.

2. Incumplimiento de beneficios laborales.- Es recurrente la omisión en el pago de la asignación familiar, así como de otros beneficios legales como gratificaciones y compensaciones sociales. Estas prácticas responden a esquemas empresariales diseñados para reducir costos a expensas del trabajador.

3. Despido arbitrario y represalias.- Reclamar el cumplimiento de derechos laborales suele derivar en despidos inmediatos o sanciones encubiertas. El despido arbitrario se utiliza como mecanismo de intimidación, instaurando una cultura del miedo que impide cualquier reclamo legítimo.

4. Quiebras empresariales y cambios de razón social.- Una de las realidades más graves del sector es la de empresas que, tras meses de operación, se declaran en quiebra o cambian de razón social, dejando a decenas de agentes con sueldos y beneficios impagos. Estas prácticas, aunque formalmente legales en apariencia, constituyen en los hechos mecanismos de fraude laboral tolerados por la debilidad del control estatal.

IV. Responsabilidad institucional del Estado
La SUCAMEC debe asumir un rol activo que trascienda la supervisión documental y alcance las condiciones reales en las que operan las empresas de seguridad privada. De igual modo, la SUNAFIL debe actuar de oficio en el sector, reconociéndolo como un ámbito de alto riesgo laboral que requiere fiscalización prioritaria y sostenida.

V. Propuestas para una solución estructural
La superación de esta problemática exige medidas integrales: fiscalización efectiva y permanente; sanciones ejemplares a empresas reincidentes; mecanismos de protección frente a quiebras fraudulentas; profesionalización del agente de seguridad; y la responsabilidad directa de quienes, desde cargos administrativos o directivos, permiten o fomentan la vulneración de derechos laborales.

VI. Conclusión
La situación de los agentes de seguridad integral en el Perú no es consecuencia del vacío legal, sino del incumplimiento sistemático de normas existentes. Dignificar al agente de seguridad no es solo una cuestión de justicia laboral, sino una condición indispensable para una seguridad ciudadana real, profesional y sostenible. El futuro de la seguridad pasa, necesariamente, por proteger a quienes cuidan.


I. Marco Legal Aplicable
El ordenamiento jurídico peruano reconoce derechos laborales que resultan plenamente exigibles a los agentes de seguridad integral. La Constitución Política del Perú establece en su artículo 23 que el trabajo es objeto de atención prioritaria del Estado, y en su artículo 25 fija la jornada máxima de ocho horas diarias o cuarenta y ocho semanales. La Ley de Productividad y Competitividad Laboral prohíbe el despido arbitrario y protege el derecho a la remuneración justa. Asimismo, la Ley N.o 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo obliga al empleador a prevenir riesgos derivados de jornadas excesivas. En el ámbito específico, la SUCAMEC regula a las empresas de seguridad privada, mientras que la SUNAFIL fiscaliza el cumplimiento de las normas laborales.

II. Proyecto de Ley – Exposición de Motivos (Resumen)
La presente iniciativa legislativa tiene por finalidad erradicar prácticas abusivas en el sector de la seguridad privada, protegiendo efectivamente a los agentes de seguridad integral. Se ha identificado la existencia de jornadas inhumanas, impago de beneficios laborales, despidos arbitrarios y esquemas empresariales orientados a evadir responsabilidades mediante cambios de razón social o quiebras fraudulentas. Resulta indispensable establecer responsabilidad penal
directa para los directivos y administradores que participen o permitan dichas conductas.

Ejes centrales del proyecto de ley:

1. Tipificación penal de la explotación laboral en seguridad privada.
2. Responsabilidad personal de gerentes, directores y administradores.
3. Registro Nacional de Directivos Inhabilitados.
4. Creación de un Fondo de Garantía Laboral obligatorio.
5. Coordinación interinstitucional SUCAMEC–SUNAFIL.

III. Resumen Ejecutivo para Autoridades y Prensa
Los agentes de seguridad integral cumplen una función estratégica para el orden público y la seguridad ciudadana. Sin embargo, enfrentan una realidad de explotación laboral marcada por jornadas de hasta 24 horas continuas, falta de descanso, impago de beneficios legales y despidos arbitrarios. Este documento propone acciones inmediatas de fiscalización por parte de SUNAFIL y SUCAMEC, así como una reforma legislativa que sancione penalmente a quienes lucran vulnerando derechos fundamentales. Dignificar al agente de seguridad es una condición indispensable para una seguridad ciudadana real y sostenible.

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